IVA en hostelería: cuándo se aplica el 10% y cuándo el 21%

Una de las dudas más frecuentes en bares y restaurantes es fácil de enunciar y fácil de equivocar: ¿qué IVA aplico, el 10% o el 21%? Aplicarlo mal en el TPV arrastra el error a todo el trimestre, así que conviene tenerlo claro.
La regla general: 10% en el servicio de restauración
Los servicios de hostelería y restauración —servir comida y bebida para consumir en el acto— tributan al tipo reducido del 10%. Y aquí «consumir en el acto» incluye tanto el consumo en el local como la comida para llevar y el delivery de tu cocina. El menú del día, los cafés, las cañas servidas en barra o una pizza a domicilio van, todos, al 10%.
La excepción: 21% en la venta de producto sin servicio
El 21% se reserva a la venta de producto envasado o bebida alcohólica sin servicio de por medio. El ejemplo clásico: una botella de vino o de licor que el cliente compra cerrada para llevársela tributa al 21%; esa misma botella, abierta y servida en la mesa, va al 10%. La diferencia está en si hay o no servicio de restauración.
Los errores más habituales
- Aplicar un único tipo de IVA a todo lo que se vende, sin separar servicio y producto.
- No configurar bien las familias de producto en el TPV, de modo que el error se repite en cada ticket.
- Olvidar que el delivery de comida preparada es servicio de restauración (10%), no venta de producto.
Por qué importa tanto
El IVA mal repercutido es uno de los puntos que más revisa Hacienda en hostelería, y un descuadre sostenido durante el año puede convertirse en una regularización con recargos. Además, con la llegada de Verifactu, la trazabilidad de cada ticket será todavía mayor.
En resumen
Diez por ciento para el servicio, veintiuno para el producto sin servicio: la frontera es clara, pero se cruza fácil en el día a día de un local. En Taxplan Pro parametrizamos bien tu TPV y llevamos tu fiscalidad de hostelería para que no pagues de más ni te expongas a un susto. Hablemos.
